Morelia, Michoacán, a 26 de marzo de 2019.- La acción del propietario de un vehículo de realizar el cambio de propietario y la baja de placas en el Registro Vehicular Estatal al momento de la venta del automotor, puede evitarle requerimientos administrativos y/o legales en caso de incumplimiento en el pago de obligaciones, como el refrendo vehicular por parte del nuevo dueño o en la comisión de actos delictivos.
Mientras no se realice la baja de láminas en el registro vehicular, los adeudos que se acumulen seguirán a nombre de la persona registrada como propietario, pudiendo ser acreedor del requerimiento del pago, procedimiento administrativo o embargo.
De no realizar el procedimiento, es necesario tomar en consideración que, a pesar de tener nuevo dueño, el vehículo sigue registrado a nombre del anterior propietario, lo que puede derivar en un problema legal, de hacerse mal uso del carro, llegando incluso a la detención de la persona identificada en el Registro Vehicular como dueño legítimo del automóvil, aunque ya no se encuentre en su posesión.
Existen varios tipos de baja para automóviles: por robo, destrucción, cambios de entidad y enajenación, si te encuentras dentro de alguno de estos casos acude a realizar la baja de láminas a cualquiera de las 120 oficinas de rentas pertenecientes a la SFA ubicadas en todo el estado.
Los costos y requisitos pueden consultarse en www.secfinanzas.michoacan.gob.mx en el menú de trámites vehiculares.