Morelia, Mich., a 26 de Marzo del 2025.- A casi una década de la declaratoria de Alerta de Violencia de Género en Michoacán, pese a los esfuerzos la violencia contra las mujeres no cede, por lo que es apremiante actualizar y fortalecer nuestro marco legal subrayó la diputada Xóchitl Gabriela Ruíz González, al presentar ante el Pleno de la LXXVI Legislatura Local una iniciativa para reformar la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Michoacán.
En la Máxima Tribuna del Estado la diputada local integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, propuso reforzar las estrategias con las que cuenta el Estado para hacer frente a la violencia que viven las niñas y mujeres.
Sostuvo que es fundamental establecer en la ley la obligación del Estado de elaborar un programa de trabajo específico para atender la alerta de violencia de género o, en su caso, integrarlo al Programa Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres por Razones de Género.
“Esta medida no es solo una formalidad, sino un instrumento clave para garantizar que las instituciones cumplan con las obligaciones adquiridas tras la emisión de una alerta de esta naturaleza. Actualmente, la ley no define con claridad esta obligación ni establece los requisitos mínimos que debe cumplir dicho programa”.
Xóchitl Ruíz subrayó que no se puede permitir que la falta de claridad en la legislación se traduzca en omisiones o en acciones insuficientes. Es momento de reforzar el marco normativo, dotar de herramientas efectivas a las instituciones y, sobre todo, asegurar que las mujeres en Michoacán vivan libres de violencia.
El Sistema Estatal deberá crear y conjuntar esfuerzos, instrumentos, políticas públicas, servicios y acciones interinstitucionales para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres por razones de género; así como para garantizar el cumplimiento de las medidas derivadas de la alerta de violencia de género.
Por lo que la diputada plantea que, aunado a ello, el Sistema Estatal tendrá por objeto la creación e instrumentación del Programa Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las mujeres por razones de género, los mecanismos que faciliten la aplicación del Modelo Único de Atención, sus instrumentos, servicios y políticas públicas, así como el programa de trabajo para la implementación de las medidas establecidas en la alerta de violencia de género.
Las acciones del Programa se articulará tomando en consideración: los avances en materia de armonización jurídico-social; la operatividad de las dependencias, entidades y unidades administrativas en la atención de la violencia; en su caso, las medidas establecidas en alerta de violencia de género; y, los dictámenes sobre la implementación de medidas de Alerta de violencia de Género que se emitan.
El Sistema Estatal deberá elaborar un programa de trabajo para la implementación de las medidas establecidas en la alerta de violencia de género. Dicho programa deberá cumplir, al menos, con los requisitos establecidos para el Programa Estatal o, en su caso, integrarse como parte de este.